En  este estado el  juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en funciones de   control, vista y oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO:  Decreta la  aprehensión como Flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal,  SEGUNDO: el Procedimiento Ordinario previsto en el artículo 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal  TERCERO: Se decreta  medida Cautelar Sustitutiva de libertad,  previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en  presentación periódica cada 15 días ante la Prefectura del Municipio  Motatan Estado Trujillo,   al ciudadano JOSE ALBERTO DELGADO LEAL, por el delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,.....