Por todas las consideraciones de hecho y de derecho expuestas es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de consulta a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y ORDENA la remisión, mediante oficio, de copia certificada de la solicitud presentada en fecha 10 de diciembre de 2007, contenida al folios 187, así como de los recaudos cursantes a los folios 168 al 171 y 183 al 185, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) para su remisión al Tribunal Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la parte in fine del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, la solicitud de regulación de competencia no suspenderá el curso del proceso, el cual continuará con todas sus actuaciones procesales salvo en lo que respecta a la dec.....