En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara ABSUELTO, al ciudadano : ALEXANDER RANGEL SILVA, titular de la cedula de identidad N° 15.094.704, de 29 años de edad, FECHA DE NACIMIENTO 28-06-82 grado de instrucción 6º, Soltero, NATURAL DE El Tocuyo, edo. Lara, de oficio albañil, hijo de Marina del Carmen Silva, residenciado en Caserío Buena Vista , Vía Humocaro, a 500 metros de la Pasarela, casa S/N , edo. Lara. tlf: 0426-9576620, por los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: No Se condena en Costas Procésales. TERCERO: Se deja sin efecto cualquier medida de coerción personal que.....