Por las razones antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA DECRETAR: PRIMERO: La Privación Judicial Preventiva de libertad al penado OCHOA ROSALES JUVENAL ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.229.854, nacido en Chejende Estado Trujillo, en fecha 23-07-1959, de 47 años de edad, Concubino, hijo de José María Ochoa y de Pastora Rosales; con residencia en el Sector Puente Carache, Vía Panamericana, Entrada a la Cauchera la cual es la única que hay en el pueblo, subiendo ciento cincuenta metros, Casa S/N. Una vez aprehendido se ordena sea puesto a disposición inmediata de este Tribunal de ejecución, a los fines de celebrar audiencia oral y pública que resuelva sobre la revocatoria del beneficio acordado de régimen abierto q.....