Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana ELY MARÍA ARRAIZ BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.172.747, domiciliada en el Sector Valle Verde I, Segunda Sabana, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó del Estado Trujillo, en representación de su hija ORMARY DEL VALLE SUAREZ ARRAIZ, contra el padre del mismo, ciudadano: CESAR OMAR SUÁREZ FIGUEREDO, ya identificado