Por todas las consideraciones expuestas en la Motiva del presente fallo, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RAFAEL RANGEL, SUCRE, MIRANDA, BOLIVAR, ANDRES BELLO, LA CEIBA y MONTE CARMELO de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL del ESTADO TRUJILLO, en NOMBRE de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD de la LEY, declara:
Primero: CON LUGAR la demanda por DESALOJO de INMUEBLE en ARRENDAMIENTO incoado por la Profesional del Derecho YASMIRA DA GRACA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.320.269, domiciliada en la casa N° 98, Sabana de Mendoza,, jurisdicción del Municipio Sucre, Estado Trujillo, inscrita en el I. P. S.A. bajo el No. 65.494, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano RAFAEL BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.313.897, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, en la cual expresa que su poderdante es propietario de un inmueble consistente en una casa dest.....