PARTE DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1.- CONDENA A LA CIUDADANA: ACUSADA: AURA BEATRIS BRUJES, C.I N° V-7.696.574, de 52, años de edad, Soltero, Ocupación: Comerciante, hijo de Enma Brujes y Luís Fernández, nació en fecha 07/03/1957, natural de Barquisimeto, Estado Lara, residenciado en: San Lorenzo Altos de Jalisco parte Alta calle principal casa sin numero, cerca de la cancha, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 eiusdem, que incluyen: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA EN PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANC.....