En consecuencia, en base de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido y formalizado por la ciudadana KEYLA COROMOTO CASANOVA CAMUÑAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.986.811 en contra de la sentencia publicada en fecha 22 de Noviembre del año 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia, se confirma en todas sus partes el fallo recurrido.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Circuito Protección de Niños, Niñas .....