este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por ELADIO JOSE RODRÍGUEZ LOZADA, cédula de identidad Nº 17.093.590, representado judicialmente por el Abg. RUBÉN DARÍO RONDON GRATEROL, I.P.S.A. Nº 38.886, en su carácter de PROCURADOR DE TRABAJADORES DEL ESTADO TRUJILLO, contra el ciudadano JOSÉ DANIEL GRATEROL, cédula de identidad Nº 10.915.332, representado judicialmente por el Abg. NELSON VALERO PAREDES, I.P.S.A Nº 64.054. SEGUNDO: Se condena a JOSÉ DANIEL GRATEROL al pago de la cantidad de Bs. 6.190,22, por concepto de prestaciones sociales y demás beneficios derivados de la terminación de la relación laboral por retiro voluntario. TERCERO: Asimismo, se condena a la demandada al pago de los intereses moratorios constitucionales sobre la cantidad total co.....