PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el ciudadano JAVIER DAVID OROPEZA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.595.136, asistido por el abogado JHONNY CASTILLO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 318.710, contra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de octubre del año 2024, en el expediente N° KP02-V-2024-001536.
SEGUNDO: INADMISIBLE LA QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO POR PERTURBACIÓN, presentada por el ciudadano JAVIER DAVID OROPEZA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.595.136, asistido por el abogado JUAN JOSÉ CASTILLO RIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.811, que dio inicio al proceso judicial N° KP02-V-2024-001536.
TERCERO: CONFIRMADA la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el Juzgad.....