encuentra culpable a los ciudadanos CARLOS EDUARDO DUDAMEL Y LEONARDO RAFAEL PEÑA, por los hechos ocurridos y demostrados en juicio y en consecuencia se condena por la comisión del delito de Asalto de Unidad de Transporte Publico y Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en los artículos 358 tercer aparte y 219 en su encabezamiento Código Penal Venezolano.