DISPOSITIVA.
Con base en los razonamientos explanados, este tribunal Segundo Unipersonal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el sobreseimiento de la causa al ciudadano RAMON EMILIO GRAREROL MONTILLA, venezolano de 28 años de edad, , cédula de identidad N° 13. 119. 746, residenciado en la Hoyada de Mosquey, Sector Dos, calle Pico El Gallo, casa s/n, cerca del liceo Carlos Barazarte, municipio Boconó, Estado Trujillo. Asimismo, se decreta el cese de la medida de coerción personal existente en su contra, a cuyo efecto se acuerda oficiar lo conducente.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Trujillo, 13 de Marzo de 2007-03-13
El Juez de Juicio N° 2
Abg. Jos.....