este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA en los términos expuesto en la motiva del fallo, la transacción celebrada entre el ciudadano examen de las actas procesales, este juzgado deja constancia que el accionante MARIANGEL CAROLINA CASTILLO PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.293.309, debidamente asistida por el abogado RICHARD RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 90.324, quien con plena capacidad, libre de toda coacción o apremio y en pleno consentimiento, asistió en todo momento a la accionante, de igual modo la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO SIMON PLANAS DEL ESTADO LARA; antes identificada, se encontraban representada por la Sindico Procurador Municipal ciudadana YENDY MOLERO, y la abogada BLANCA HERNÁNDEZ Inpreabogado Nro. 59.787.