Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el apoderado del actor, ABG. GILBERT ENRIQUE DIAZ SEQUERA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 37.812, en contra del auto dictado en fecha 10 de Febrero del corriente año, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.