Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición a la admisión del presente Recurso Contencioso Tributario ejercido por la Abogada Marylin Pérez Terán INPREABOGADO N° 63.226, en su carácter de sustituta de la Ciudadana Procuradora General de la Republica.
SEGUNDO: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario ejercido por el ciudadano MAURICIO MIÑO, en su carácter de representante legal de la contribuyente INVERSIONES MONTO MOTO V.M., C.A., contra la Resolución Imposición de Sanción SNAT-INTI-GRTI-RCA-STIGG-AF-2009-258-01, de fecha 18 de junio 2009, emanada de la Jefatura de Tributos Internos Guarenas¿Guatire de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
TERCERO: De conformidad con el artículo 86 del.....