en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana: ANA JOSEFINA GONZÁLEZ DE ESCALONA, quien es venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. 8.753.891, asistida por la Abogada en Ejercicio: ROSANGEL BEATRIZ YANEZ GUERRERO, quien está inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 298.299; contra: La ciudadana: CARMEN ELENA ESCALONA FONSECA, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 7.402.307. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Instrumento Privado de Compra-Venta de un inmueble que se encuentra construido sobre un terreno ejido, perteneciente al fundo indistintamente Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), ubicado en la Urbanización Ruezga Sur, Sector 7, Transversal 2 entre Vereda 23 y Calle 14, Parroquia Catedral, del Municipio Iribarren, Barquisimeto - Estado Lara, cuyas medidas y linderos.....