En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara la Sustitución de la Medida decretada al ciudadano KERLIN JOSE SANCHEZ CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº 26.424.632, y le impone la medida de Presentación cada 15 días, y prohibición de salida del Estado Lara, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 numeral 3º y 4º del COPP.