En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: RATIFICADO EL DECRETO CAUTELAR, publicado en fecha: 11/05/2022, consistente en: MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, sobre: Un (01) local de uso comercial, distinguido con el número N° 2, ubicado en la Urbanización Nueva Segovia, Carreras 01 entre Calles 04 y 05, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, Barquisimeto - Estado Lara. ASÍ SE DECIDE.
-SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J) www.lara.scc.org.ve. Y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgá.....