PRIMERO: Se ordena el EGRESO de los niños (se omite los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), quienes se encuentran en el SERVICIO AUTÓNOMO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE TRUJILLANO, para que sea entregado a su madre, ciudadana ZAIDA DEL CARMEN HERRERA PÉREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.129.432, quien deberá responsabilizarse por la protección integral de los niños.