Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: PERECIDO el Recurso de Apelación intentado por los ciudadanos ROSBEYRA LORENNY MACHADO COLINA y JESUS SAMUEL SOSA CORREDOR, contra la sentencia dictada en fecha 09 de marzo de 2009. SEGUNDO: Se anula la partida de nacimiento Nro. 239, de fecha 22 de Febrero del año 2002, levantada por la Prefectura del Municipio Palavecino, Parroquia Cabudare, perteneciente al niño, (Nombre omitido Art. 65 LOPNNA) TERCERO: Se ordena el levantamiento de una nueva partida de nacimiento, con la determinación paterna y materna, sin hacer mención alguna de la presente acción. Queda confirmado en los términos aquí expuestos el fallo apelado.
Remítase el presente expediente al Tribunal antes señalado.
Regístrese, publ.....