PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el demandado, y SE ANULAPARCIALMENTE la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cumplir con la cantidad establecida en esta decisión, conforme lo previsto en el Artículo 180 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.