Se declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de matrimonio de los ciudadanos: Pedro Tovar Lira (difunto) y Carlina Espinoza, la cual corre inserta en el libro de Registro Civil de la Junta Comunal de la Parroquia La Vega, acta Nro 159, Año 1.956, de fecha 22-11-1.946, y que reposa en el Archivo General de la Secretaría Municipal del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, en consecuencia, evidenciado los errores materiales, ordena corregir los errores denunciados, en donde dice: "Julio José, nació el 31-07-1.945; Ramón Antonio, nació el 0701-1.948; Luis Enrique, nació el 30-06-1.951; Gladys Josefina, nació el 27-09-1.947, y Pedro José, nació el 31-08-1.952", debe decir "Julio José, nació el 30-08-1.945; Ramón Antonio, nació30-01-1.949; Luis Enrique, nació el 11-09- 1.950; Gladys Josefina, nació el 21-11.1.946, y Pedro José, nació el 17-02- 1.952"; igualmente debe decir "Julio José, fue legitimado por el matrimonio de sus padres ciudadanos Pedro Tov.....