DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas de hecho y de derecho, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la solicitud del Abogado VICTOR MONTILLA Defensor Privado del ciudadano ELISAUL CAÑIZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.440.945, nacido en Sabana de Mendoza, de ocupación obrero residenciado en el Sector Las Cocuizas, casa s/n, al lado de un Taller de Latonería y Pintura, calle Negro Primero, Municipio Miranda Estado Trujillo, plenamente identificado en autos, de revisión de medidas cautelares por una menos gravosa de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE MANTIENE la vigencia de la medida de privación de libertad que rigen sobre el acusado ELISAUL CAÑIZALEZ identificado en autos. TERCERO: Notifíq.....