Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Primero: SE EJECUTA sentencia ABSOLUTORIA y firme dictada por el Tribunal de JUICIO 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 28.06.2007, en la causa seguida a al CIUDADANO ALEXIO RAMON DELGADO LUGO, CI 5769939, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal vigente. SEGUNDO: No existen costas por ser ejecutadas, vista la decisión firme a ejecutar. TERCERO: No existen objetos comisados, o por ser devueltos a parte alguna, conforme la decisión firme a Ejecutar. CUARTO: Se ordena remitir la causa al archivo central para archivo definitivo.