Vista la Transaccion celebrada en Fase de Juicio de fecha:05-08-09 por los Apoderados Judiciales de la Parte Actora Abogados FRANCISCO MONGELLI y MARIA JEREZ inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.75.156 y 124.206 y por la parte demandada el Apoderado Judicial Abogado JESUS ARAUJO, inscrito en I.P.S.A bajo el No 60.981, quienes llegaron al acuerdo siguiente: el demandado conviene en cancelar al demandante la cantidad de Bs .F. 10.000,00 en 2 Pagos y el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Homologa el acuerdo.