Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: INADMISIBLE por improcedente, por ser contrario a derecho, la celebración de la referida transacción presentada por las partes en la presente causa. Segunda: Se deja Constancia del Pago en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A., a favor del ciudadano ORLANDO JAVIER FERREL ACOSTA, todos identificados en autos. Tercero: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Así se decide.