Por las razones expuestas y en base a las disposiciones legales citadas a lo largo de esta decisión, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara Con lugar la solicitud de prórroga realizada por la Fiscal Décima del Ministerio Público, otorgándosele un lapso de Noventa (90) días, contados a partir del vencimiento del plazo de cuatro meses originario, para que concluya la investigación en la causa seguida al adolescente , titular de la cédula de Identidad N°, por uno de los delitos previstos en Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a la Fiscalía requirente.
Publíquese y Regístrese, Dada, Sellada y Firmada, en Trujillo, Estado Trujillo, a los Trece (13) días del mes de Septiembre de 2007.
La Juez de Control (T),
La Secretaria
Abg. María Alejandra Moreno Moreno
Abg. Yrliana David.