Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 13 de agosto de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: Se ANULA, la decisión recurrida.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso, dada las resultas del fallo.
CUARTO: CON LUGAR, la demanda incoada.
QUINTO: Se condena a la demandada al pago de las costas del proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.