Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato intentó el ciudadano DANIEL CORTEZ CORTEZ MEERTENS contra la sociedad INVERSIONES COINCA, C.A; SEGUNDO: INADMISIBLE la reconvención intentada por la demandada. En consecuencia: Se ordena a la parte demandada al cumplimiento del acuerdo celebrado en la ya referida audiencia de conciliación, en el sentido de que haga la devolución inmediata del inmueble a la parte actora; se condena a la demandada al pago de la sanción establecida en el contrato que consiste en el pago de la cantidad de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 1.450,00) por cada día de retraso en la entrega, contado a partir del 16 de noviembre de 2014, hasta la fecha de la entrega definitiva del inmueble, para lo cual se o.....