Este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE DECLARA:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos GERARDO RUPÉREZ CANABAL y MARYURI PIÑERO PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 12.624.963 y 11.922.908, respectivamente, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 75.055 y 75.054, respectivamente, procediendo en este acto en su carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil INDUESCA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 31 de agosto de 1970, anotada bajo el No. 55, Tomo 73-A.; con el Registro de Información Fiscal No. J-00071036-8; de conformidad con lo previsto en el artículo 259 del Códi.....