la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide. Notifíquese a la parte actora, y por cuanto la misma tiene su domicilio procesal en el municipio Valera estado Trujillo, se comisiona amplia y suficientemente a un Juzgado de los municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Valera. Líbrese la boleta de notificación ordenada y remítase con oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de los municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque del estado Trujillo, a fin de que al Tribunal que le corresponda, practique la misma.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Titular
Abg. Diana Carolina Isea
AGP/ryma