Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara: Primero: PERECIDO el Recurso de Apelación, intentado por la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA OYARBES TORRES, contra la sentencia dictada en fecha 15 de noviembre del año 2011. Segundo: De manera oficiosa, por existir en el fallo recurrido violación de normas de orden público, declara la nulidad de la sentencia de fecha 15 de noviembre del año 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, en consecuencia, se REPONE la causa al estado de que se fije audiencia de sustanciación dentro del lapso que establece la ley, conforme lo ordena el artí.....