DISPOSITIVA:
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al ciudadano José Gregorio Valera Peña, venezolano, natural de Bocono, nacido en fecha 03-10-78, hijo de José Blas Valera y Maria Sara Peña, titular de la cédula de identidad N° 15.173.742, de 28 años de edad, estado civil soltero, ocupación agricultor, grado de instrucción sexto grado, residenciado en el Caserío el portachuelo, cerro el santo, casa S/N, ubicado dentro de la hacienda del señor José Blas Valera, a 300 metros de la entrada de la vía del portachuelo, Municipio Bocono Estado Trujillo, por la comisión del delito de amenazas y Violencia físi.....