este Tribunal Tercero de Primera Instancias del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos PASCUAL DE JESUS PIÑERO CARRASCO y REINA ELIZABETH CEBALLOS ESCORCIA, por ante el Registro Civil de la Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren, estado Lara, en fecha 06 del mes febrero del año 1.999, acta número 42, folio 43, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.999.