este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por motivo de DESALOJO POR FALTA DE PAGO, intentada por VÍCTOR VITERBO BORJAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.591.880, contra: JUAN CARLOS CANTAZARO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, identificado con la Cédula de Identidad N° 4.353.
2. SE ORDENA al accionado entregar el inmueble constituido por un local comercial ubicado en la carrera 17 esquina calle 21 Edificio Aurora, Planta Baja, local Nº 3, Parroquia Catedral del municipio Iribarren, Barquisimeto estado Lara.
3. SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.