En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Falta de Cualidad de la Demandante ciudadana MARIA LUCIA FRANCO titular de la cédula de identidad 5.353.290 representada por el Abogado en ejercicio JEAN CARLOS MONTILLA RUZA inscrito en Instituto de Previsión del Abogado número 105.599 para sostener el juicio que por demanda de Acción Reivindicatoria a la Posesión Agraria intentará contra las ciudadanas MARIA DULCE FRANCO Y JUANA ROSA MONTILLA FRANCO, titulares de las cédulas de identidad números 5.767.668 y 15.408.723 respectivamente, quienes se encuentran representadas por la Defensora Publica Agraria número 03 del Estado Trujillo, Abogada. MARIA CLAUDIA ANTONELLO STIVALA inscrita en Instituto de Previsión del Abogado número 71.812. ASÍ SE DECIDE
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la presente demanda de R.....