III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el 27 de febrero de 2012.
Se declara SIN LUGAR la falta de cualidad para intentar y sostener este juicio, atribuida por la demandada, a los demandantes, ciudadanos Luis Miguel Baquero Ojeda, Reinaldo Baquero Ojeda y Fernando José Baquero Ojeda, antes identificados.
Se declara SIN LUGAR la reconvención propuesta por la parte demandada contra los demandantes, ciudadanos Luis Miguel Baquero Ojeda, Reinaldo Baquero Ojeda y Fernando José Baquero Ojeda, antes identificados.
Se declar.....