-III-
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la demanda por resolución de contrato, instaurada por el abogado en ejercicio HAROLD CONTRERAS ALVIAREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro 23694 actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rafael Antonio Torres Pérez, Blanca Rosa Pérez de Torres, Auristela Rafaela Torres Pérez, Guillermo Antonio Torres Pérez, Miriam Angelina Torres Pérez y Blanca Cecilia Torres Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-4.412.240, 2.596.173, 2.600.966, 2.608.756, 2.608.736 y 4.412.237, respectivamente contra REGGINS COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 10.314.739.
2. En consecuencia esta Juzgadora decreta ORDEN DE DESALOJO, del in.....