Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Siderúrgica del Turbio S.A (SIDETUR), contra la decisión de fecha 22/02/2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se condena en Costas del Recurso a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal el Trabajo.
TERCERO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.