Se dicto Resolucion mediante la cual se admitió la intervención del tercero propuesto por una de las partes demandadas, en la Empresa SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A, en la persona de su Representante Legal Ciudadano ROBERTO SALAS, se ordeno librar el cartel de Notifiicación al tercero interviniente advirtiendo a la parte actora y a las demandadas que se encuentran a derecho de conformidad con el articulo 7 de la Ley Organica Procesal del Trabajo.