DECISIÒN
Por las consideraciones anteriores, este Juzgador Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICION, formulada, por el Abogado CARLOS GABRIEL ESPINOZA TORRES, actuando en su carácter de Juez Provisorio a cargo del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto y en ese sentido se ordena:
SEGUNDO: Al Juez inhibido se abstendrá de seguir conociendo o emitir pronunciamiento alguno en el asunto signado con la nomenclatura KH0U-V-2022-000012. Y en los asuntos donde intervenga la ciudadana ANA CECILIA CANELON SCIRPATEMPO, venezolana, mayor de edad titular de la c.....