Analizadas como han sido por este Tribunal Superior las normas anteriormente citadas, se infiere que en el presente asunto consta la manifestación de voluntad expresa del ciudadano ABELARDO H. LÓPEZ SIRA, en su carácter de representante legal de la firma mercantil unipersonal JOYERÍA EL ESFUERZO, asistido por el abogado RAFAEL ANTONIO D¿HERS M., de DESISTIR de la presente causa, según se desprende de la diligencia de fecha 31 de mayo de 2006, cursante en el folio 72, asimismo, consigna originales y copias de las planillas debidamente canceladas a los fines de su devolución y certificación, en consecuencia, se dan los supuestos previstos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, resultando procedente HOMOLOGAR el desistimiento formulado. Así se decide.