D I S P O S I T I V A:
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero Ordinario de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil formulada por los ciudadanos: LUIS SEGUNDO ANDARA LOZADA y YOLEIDA DEL CARMEN FERRINI VALERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-10.319.026 y V-5.789.137 respectivamente. En consecuencia: QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído en fecha: Catorce (14) de Octubre de dos Mil Ocho (2.008), por ante la Alcaldía Bolivariana del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, según acta de matrimonio signada con el Nº 22, inserta al folio Cinco (05) de la presente solicitud.
No hay condenatoria .....