DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE el recurso extraordinario de amparo constitucional contra omisiones judiciales, incoada por el ciudadano Abg, JAVIER JOSE RODRIGUEZ MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.444.612, debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo matricula N° 116.324, actuando en su propio nombre, contra las omisiones y violaciones Constitucionales provenientes del Juzgado Cuarto de Primera Instancia con funciones en Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos del Tribunal, de conformidad con.....