En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil Pepsi-Cola Venezuela, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 0238-12, de fecha 11 de julio de 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo" (Diresat), ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor del ciudadano José David Hernández Hernández, titular de la cédula de identidad N° 18.133.458, contenido en el expediente de investigación de origen de enfermedad Nº MIR-29-IE-12-1012.