En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: Desistida la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano OSMAN RAFAEL SÁNCHEZ ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.975.833, en su condición de Presidente de la entidad de trabajo CORPORACIÓN OJEN C.A., en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de conformidad a lo establecido en la parte motiva del presente fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por no resultar temeraria la acción interpuesta, conforme al artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión, se orden.....