DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA al acusado: ISIDRO ANTONIO CUELLO MARCHÁN, titular de la cedula de identidad Nº 20.016.989, Natural de Barquisimeto Edo. Lara, nacido el 19-11-1986, hijo de Isabel Cuello Marchán y Padre Desconocido, de Oficio Desempleado, residenciado en Barrio Las Sábila, Vereda 5, Casa Nº 21, a una cuadra de la Escuela Uslar Pietro, a sufrir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION , MÁS LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión de los delitos de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION, ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previstos y sancionados en los artículos 455 en concordancia con el 82, 456 y 218 todos del Código Penal.-.
SEGUNDO: Se.....