En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano JOSÉ LUÍS MENDOZA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.401.950, residenciada en el Barrio Las Clavellinas, sector 5, Nº 29, Barquisimeto, Estado Lara, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, tipificada en el artículo 20 de la derogada Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en agravio de la ciudadana NERIDA ROSA BARRADAS ALVAREZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula.....