Este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentada por la ciudadana JANNE JOSEFINA PANICO DE JIMENEZ, contra los ciudadanos JOSE DANIEL FIACCO TORRES, ALEXANDER MARTIN FIACCO PANICO, SHIRLEY JANNE FIACCO PANICO Y MARLON FELICE FIACCO PANICO, y contra la Sociedad de Comercio la persona Jurídica INVERSIONES GUJOMI, C.A, identificados en autos.