Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por los Abogados Andrea Carolina Pérez Alvarado y Rafael Angel Pérez Alvarado, en su condición de Defensores Privados del ciudadano Alexis José Navarro Álvarez, contra la decisión dictada en fecha 21 de Octubre de 2016 y fundamentada en fecha 22 de Octubre de 2016, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 10 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante la cual se le impuso Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Alexis José Navarro Álvarez de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, imputado por los delitos de CONCUSIÓN , previsto y sancionado en el artículo .....